LA IMPORTANCIA DE TU INFORMACION PARA DECLARAR

Derivado de las intenciones gubernamentales para generar mayor recaudación de impuestos, se decide poner especial atención a cada uno de los regímenes mediante distintas vías de comunicación, entre ellas la reciente práctica del SAT relativa al envío de cartas invitación en las que informa a los particulares que se han detectado depósitos en efectivo en sus cuentas bancarias y se les invita a pagar ISR e IVA por dichas cantidades.

La autoridad cuenta con bases para cumplir con su objetivo de elevar la recaudación de impuestos como lo es el código fiscal de la federación, donde podemos ver que puede apoyarse incluso en la correspondencia para hacer parte de nuestros ingresos a declarar movimiento que para el contribuyente no son relevantes.

TITULO TERCERO

 De las Facultades de las Autoridades Fiscales

CAPITULO I

Articulo 59. Para la comprobación de los ingresos, del valor de los actos, actividades o activos por los que se deban pagar contribuciones, así como de la actualización de las hipótesis para la aplicación de las tasas establecidas en las disposiciones fiscales, las autoridades fiscales presumirán, salvo prueba en contrario:

  1. Que la información contenida en la contabilidad, documentación comprobatoria y correspondencia que se encuentren en poder del contribuyente, corresponde a operaciones celebradas por él, aun cuando aparezcan sin su nombre o a nombre de otra persona, siempre que se logre demostrar que al menos una de las operaciones o actividades contenidas en tales elementos, fue realizada por el contribuyente.
  2. Que la información contenida en los sistemas de contabilidad, a nombre del contribuyente, localizados en poder de personas a su servicio, o de accionistas o propietarios de la empresa, corresponde a operaciones del contribuyente.
  3. Que los depósitos en la cuenta bancaria del contribuyente que no correspondan a registros de su contabilidad que esté obligado a llevar, son ingresos y valor de actos o actividades por los que se deben pagar contribuciones. Para los efectos de esta fracción, se considera que el contribuyente no registró en su contabilidad los depósitos en su cuenta bancaria cuando, estando obligado a llevarla, no la presente a la autoridad cuando ésta ejerza sus facultades de comprobación.

Este y algunos otros fundamentos son con los que la autoridad advierte que los depósitos recibidos por un contribuyente en sus cuentas bancarias no corresponden a lo asentado en su contabilidad, los considerará como:

  • Ingresos por los que debe pagar ISR
  • Actos o actividades que causan IVA
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