El Servicio de Administración Tributaria (SAT), dio a conocer el pasado 29 de abril en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019, la opción que tienen las personas morales que proporcionen el uso de plataformas tecnológicas a personas físicas, la retención del ISR e IVA.
La forma en que se efectuara dicha retención, será de forma mensual sobre el total de los ingresos que el operador de la plataforma cobre de los usuarios que recibieron el servicio.
Tabla de tasas de retención | ||||
$ | ISR | IVA | ||
Hasta $25,000.00 | 3 | 8 | ||
Hasta $35,000.00 | 4 | 8 | ||
Hasta $50,000.00 | 5 | 8 | ||
Más $50,000.00 | 9 | 8 |