Si eres una persona que trabaja por cuenta propia prestando tus servicios profesionales de manera independiente sin ser empleado en una empresa, lo más probable es que las empresas o personas que requieran de tus servicios te soliciten recibos de honorarios.
Si recientemente te has integrado al mundo laboral o hace poco has tomado la decisión de independizarte y trabajar por tu cuenta, en Contabilízate te decimos todo lo que necesitas saber para que comiences a expedir recibos de acuerdo a lo estipulado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Cualquier persona que preste sus servicios profesionales sin una relación laboral, es decir, los trabajadores independientes o por su cuenta perciben sus ingresos por honorarios. Prácticamente cualquier profesionista puede percibir sus ingresos por honorarios, ya sea ofreciendo servicios médicos, financieros, administrativos, informáticos, de diseño, de arquitectura, artísticos, deportivos y de docencia, entre otros, pero aunque trabajen de manera independiente, tienen que darse de alta en el SAT para poder hacer el pago de impuestos. Todos los profesionales que perciban ingresos por honorarios tienen la obligación de expedir comprobantes fiscales o recibos de honorarios y para ello tienes que seguir los siguientes pasos:
- Date de alta en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Para ello tienes que tramitar tu Registro Federal de Contribuyentes (RFC) presentando la documentación requerida en las oficinas correspondientes. Puedes hacer tu pre registro en línea proporcionando tu CURP e información sobre el tipo de ingreso que percibes así como las actividades que realizas para obtener una cita.
Al acudir a las oficinas te registrarán en el régimen que te corresponda, te asignarán un RFC y te darán tu Firma Electrónica Avanzada (FIEL). Esta firma electrónica se compone de dos archivos y una contraseña, por lo que se recomienda que lleves un dispositivo de almacenamiento para guardar los archivos.
- Obtén tu Certificado de Sello Digital (CSD).
Lo puedes tramitar en el sitio oficial del SAT. Este certificado también está compuesto por dos archivos y un código de seguridad (contraseña) que tú mismo personalizarás.
- Descarga el programa para emitir recibos de honorarios y facturas electrónicas.
Este programa se llama Certifica (antes SOLCEDI) y se encuentra disponible en la página del SAT. Lo encontrarás disponible para sistema operativo Mac, Windows y Linux en 64 y 32 bits.
- Genera tu recibo de honorarios y envíalo a un proveedor autorizado para su certificación.
Con el programa gratuito del SAT para facturación electrónica y comprobante de honorarios puedes crear tu recibo. Para hacerlo necesitas contar con la FIEL, el CSD y tu contraseña. El programa generará un archivo en PDF y XMI correspondiente al recibo de honorarios, este documento incluye tu firma y sello digital.
Para certificar tu recibo es necesario que lo envíes a alguna de las compañías autorizadas por el Servicio de Administración Tributaria para que se le asigne un Identificador Único Universal, conocido como UUID por sus siglas en inglés (Universally Unique Identifier). El identificador se compone de un código alfanumérico de 36 caracteres que servirá como el folio de tus recibos.
- Envía el recibo al SAT.
Cuando tu recibo haya sido certificado deberás hacerlo llegar al SAT a través del programa que instalaste en tu computadora.
Un recibo de honorarios se emite en el mismo formato que las facturas electrónicas y también es un CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet), es decir, PDF en la versión para imprimir y XML en la versión digital, y debe incluir:
- Tu RFC y nombre.
- El régimen fiscal en el que estás registrado.
- El folio y sello digital del Servicio de Administración Tributaria.
- Tu sello digital.
- El lugar y fecha de expedición del recibo.
- El RFC y nombre de la persona física o moral a la que prestas tus servicios profesionales (a quien le emites el recibo).
- El valor unitario y el importe total en número y letra.
- La forma de pago (en una exhibición o en parcialidades).
- El monto de impuestos trasladados y retenidos, desglosados (IVA e ISR cuando se le están prestando servicios a una persona moral).
- Modo de pago, ya sea efectivo, cheque, transferencia electrónica, etc.
- La fecha y hora de la certificación.
- El número de serie del certificado digital del SAT.
Probablemente ahora sólo te queda la duda de cómo calcular tus impuestos y cómo pagarlos cuando percibes tus ingresos por honorarios. Bien, el impuesto a pagar se determina aplicando sobre el total de los ingresos obtenidos una tasa del 25%. El pago del impuesto se hace por retención, en caso de que la persona que haga los pagos resida en México o cuente con un establecimiento permanente en el país. En otros casos el pago se hace por declaración en línea o en ventanillas bancarias en un período máximo de 15 días posteriores a la fecha en que se haya obtenido el ingreso.
En Contabilízate sabemos que este proceso puede resultar bastante complicado y que en muchas ocasiones contratar los servicios de un contador no es viable, ya sea por el coste de sus servicios o por efectos prácticos pues de cualquier modo desde el 2014 es obligatorio que la emisión de los comprobantes fiscales se haga por internet. Por esta razón, en Contabilízate ofrecemos servicios de asesoría y en nuestra página web puedes crear tus recibos de honorarios, importar tus facturas de gastos y calcular tus impuestos con el soporte de contadores públicos especializados.
Si deseas ahorrar tiempo, dinero y esfuerzo en el proceso, te invitamos a registrarte en nuestra página para comenzar tu prueba de 30 días completamente gratis. En caso de que tengas alguna duda sobre nuestros servicios contáctanos vía telefónica, a través de nuestro formulario de contacto o por correo electrónico, en Contabilízate con gusto responderemos todas tus preguntas y te brindaremos la asesoría que necesitas.