Nuevos requisitos para la facturación electrónica y emisión de comprobantes en 2016

Desde el 1 de enero de 2014 la facturación electrónica en formato CFDI (Comprobante Fiscal Digital a través de Internet) ha sido obligatoria para la mayoría de contribuyentes, una obligación fiscal que fue un poco complicada al inicio para algunos, pero que con el tiempo se ha cumplido y hasta la fecha no hay problemas al respecto.

El Sistema de Administración Tributaria (SAT) ha implementado muchos procedimientos electrónicos en los últimos años, esto con el fin de ofrecer mayores herramientas a los contribuyentes y así facilitar y agilizar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, así como incrementar la recaudación de impuestos.

No obstante, ha pasado muy poco tiempo desde que muchos de estos procedimientos han sido implementados, por lo que han existido modificaciones, correcciones y se han encontrado puntos importantes a mejorar para agilizar y hacer más eficientes los trámites fiscales digitales. Por estas razones ha habido una serie de cambios en varios de los procedimientos, se han dado modificaciones, actualizaciones, cambios de plataforma, etcétera.

El 2016 no ha sido la excepción, el SAT ha dado a conocer una serie de cambios que se llevarán a cabo y entre ellos están los que tienen que ver con la emisión de los archivos en formato CFDI, que resultan en los cambios más sustanciales.

Esto se debe a que el Servicio de Administración Tributaria actualizará su plataforma y habrá una nueva versión en su página que desde este año estará en funcionamiento. La diferencia de esta nueva versión con la anterior es que esta solicitará más información del contribuyente para realizar los diferentes procedimientos, entre los que se encuentra la facturación electrónica.

El objetivo principal de esta nueva versión de la plataforma (versión 3.3) es tener un mayor control y mucha mayor seguridad al momento de emitir los diferentes comprobantes fiscales, de manera que la información del usuario esté completamente segura y que al mismo tiempo el SAT tenga más datos de los contribuyentes para poder tener un mejor control de los procedimientos.

Cabe recordar que la emisión de documentos fiscales en formato CFDI se puede realizar por varios medios: el mismo contribuyente los puede emitir, se pueden generar a través de la página del SAT o se puede acudir a un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC). Cualquiera que sea el caso, el resultado es el mismo, la cantidad de información para poder llevar a cabo el proceso será mayor.

Es decir, en este 2016 los contribuyentes tienen que brindar más información a sus PACs, esto con el objetivo de realizar de manera correcta el timbrado de los comprobantes fiscales emitidos tanto para las operaciones generales de la empresa (compras, ventas, recibos de arrendamiento) como para el pago de sueldos y salarios (recibos de honorarios o de nómina).

Por ejemplo, uno de los datos que requerirá el sistema para la emisión de comprobantes fiscales digitales es la Clave Única de Registro de Población (CURP) del emisor, un dato que el sistema actual no requiere. Otro ejemplo de los cambios que se han aplicado es el de los recibos de nómina, para los cuales ahora será necesario solicitar documentos independientes; actualmente solo se requieren documentos complementarios para su expedición.

Para la facturación electrónica también será necesario agregar datos como la orden de compra, el régimen fiscal, el código de referencia y en algunos casos, dependiendo de la naturaleza de la operación, el domicilio fiscal en el que se entregará la factura.

Estos cambios no han sido aún aplicados, de hecho no se tiene total certeza de cuáles cambios sí se llevarán a cabo y cuáles no, pero seguramente el SAT no tardará mucho en anunciarlo, pues de lo que sí existe seguridad es que la nueva versión del CFDI ya está lista y entrará en vigor a mediados de 2016.

Al respecto ya ha habido una serie de reacciones, en la mayoría de los casos negativas, ya que proporcionar tanta información resulta incómodo y genera desconfianza en muchas personas y al mismo tiempo le puede generar inconvenientes a las empresas, pues hay datos que muy rara vez se solicitan como la CURP y para muchos clientes esto puede resultar molesto.

Es necesario tener completamente claro que las modificaciones no se aplican únicamente al proceso de emisión de facturas, sino al proceso de emisión de todos los comprobantes fiscales. Es decir, las modificaciones que se han aplicado al sistema cambiarán en diferente medida el proceso para la emisión de los diferentes comprobantes.

Facturas electrónicas, comprobantes de retenciones, recibos de nómina, recibos de honorarios, recibos de arrendamiento, comprobantes de información de pagos, todos los comprobantes que se emitan sufrirán cambios en su proceso de generación, en algunos casos menores, pero en algunos otros el cambio será considerable. Por supuesto, este tipo de implementaciones no solo obligan a los contribuyentes a proporcionar más información, también obligan a los PACs a llevar a cabo modificaciones en sus sistemas y plataformas para seguir brindando el servicio de manera correcta a sus clientes.

Esto no es tarea sencilla, pues los sistemas de los PACs tienen parámetros específicos que ahora tendrán que ser modificados, en algunos casos incluso reemplazados. Por ejemplo, en el caso de la facturación electrónica, quizás el que más cambios sufrirá, los PACs tendrán que ingresar a sus sistemas criterios para validar el régimen fiscal y la CURP, datos que antes no se tomaban en cuenta.

En pocas palabras, las nuevas implementaciones y requerimientos que realizará el SAT en su sistema tendrán como consecuencia, más allá de las cuestiones fiscales y tributarias, un gran trabajo de modificación en los procesos de emisión de comprobantes fiscales para los contribuyentes y los PACs.

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